Plantilla de comunicación de cese de actividad por riesgo de coronavirus
La pandemia originada por al coronavirus ha afectado a todos nuestros ámbitos de nuestras vidas, incluso al laboral. Es por ello que se han aplicado una serie de medidas para frenar el covid-19, tanto sociales como laborales, y se han estipulado normativas y casos excepcionales en las empresas.
Una de ellas es la notificación a la empresa, por parte de un trabajador, de la decisión de interrumpir su actividad laboral, siempre y cuando considere que el desarrollo de su trabajo conlleva un riesgo grave para su salud relacionado con el coronavirus.
¿En qué casos puede un trabajador interrumpir su actividad de forma unilateral?
El requisito esencial es verificar que, efectivamente, su actividad conlleve un riesgo grave e inminente para su salud. Considerándose situaciones de riesgo las siguientes:
cuando una o más personas se encuentran contagiadas por coronavirus.
cuando una o más personas presentan síntomas notables.
cuando la persona empleadora no ha tomado medidas para prevenir contagios por el coronavirus.
si el trabajador es mayor de 60 años o se encuentra en un grupo de riesgo.
si el trabajador padece enfermedades preexistentes.
si el trabajador no puede evitar aglomeraciones para desplazarse hasta su lugar de trabajo.