Todo lo que debes saber si trabajas de noche

¿Trabajas de noche? Hay algunas cosas que debes saber

Según la legislación, se considera trabajo nocturno todo el trabajo realizado entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana. Los empresarios que recurran habitualmente al trabajo nocturno, deberán informar a las Autoridades Laborales.

Además, la jornada laboral nocturna no podrá exceder de 8 horas diarias de media, en un periodo de 15 días.

Los empleados, cuya jornada sea nocturna, no podrán realizar horas extraordinarias, a no ser que, en los días siguientes se reduzca la jornada de manera que al final del periodo el promedio sea el acordado.

El gobierno, podrá realizar ampliaciones o reducciones de la duración de la jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos, así como limitaciones o garantías adicionales en ciertas actividades, en función del riesgo que comporten para la seguridad y la salud de los mismos.

¡Importante! Los trabajadores menores de 18 años no podrán realizar trabajos nocturnos.

Se considera trabajo nocturno todo aquel que incluya 3 horas o más de la jornada en horario nocturno.

En cuanto a la retribución, para el trabajo nocturno será específica, y estará determinada en el convenio colectivo, excepto cuando el trabajo sea nocturno por definición. Es decir, cuando se trate de un trabajo, que por ende, tenga que ser de noche.

La jornada máxima de 8 horas solamente podrá superarse mediante la realización de horas extraordinarias en los siguientes supuestos concretos:
1. En los sectores de actividad que tienen aprobada la ampliación de jornada
2. Para prevenir y reparar siniestros urgentes o extraordinarios.
3. En los trabajos a turnos, en el caso de que se presenten irregularidades en los relevos por causas ajenas a la empresa.

Los trabajadores nocturnos tienen derecho a un nivel de protección extra en materia de salud y seguridad, derecho que deberá garantizar el empresario.

Los trabajadores nocturnos, a los que se les reconozcan problemas de salud derivados de la jornada laboral nocturna, tendrán derecho a ser destinados a un puesto de trabajo diurno que disponga la empresa y para el que estén lo suficientemente cualificados.

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¡Que el trabajo nocturno no te quite el sueño! 

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