Está claro que un despido nunca es una buena nueva, y menos todavía cuando se trata de un despido improcedente. Este tipo de despido se trata de una decisión unilateral, por parte del empresario, de extinguir la relación laboral. Para que este despido sea calificado como improcedente, debe impugnarse ante el orden social, y este cuenta con una serie de consecuencias.
Un despido improcedente tiene dos efectos finales: el reingreso en la empresa o el abono de la indemnización debida. Esto depende del empresario, que tiene un plazo de 5 días para manifestar su opción. En caso de que no se manifestara se optará or la readmisión del trabajador.
En el caso de readmitir al trabajador deberá abonar los salarios de tramitación pero no la indemnización. El salario de tramitación se establece para cubrir la pérdida de ingresos mientras el trabajador inicia las reclamaciones hasta que se notifica la sentencia, puesto que este habrá estado fuera de su puesto de trabajo.
En el caso de que quede declarado el despido improcedente el trabajador tendrá derecho a una indemnización. El valor de esta equivale a 33 días de salario por cada año de servicio a la empresa, existiendo un límite de 24 mensualidades.
Tras el despido improcedente el trabajador quedará en situación de desempleo, por lo que tendrá derecho al paro y podrá solicitarlo.
¿Has recibido un despido improcedente y no estás conforme? Ante esto, el trabajador puede impugnar. Para ello, debe presentar la Papeleta de Conciliación con el fin de que la administración convoque al empresario y al trabajador e intenten llegar a una cuerdo. Si este no es posible se abre paso a la vía judicial, en la que el juez analizará los argumentos de ambas partes y se decidirá sobre el despido.